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domingo, 6 de septiembre de 2020

ADUANAS MARÍTIMAS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN DEL AÑO 1947.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

Por JUAN E. PRADES BEL (Taller de historia, memorias y patrimonios).

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…

(Temáticas): HISTORIAS DEL MAR...

"LAS ADUANAS MARÍTIMAS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN DEL AÑO 1947".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

TEMÁTICAS: Datos para la historia de los antiguos “graos”, aduanas, puertos  y embarcaderos de carga, para la importación, la exportación y el comercio de géneros del país en los siglos XIX y XX, las aduanas concedían autorización a los puertos y a ciertos puntos del litoral habilitados ex proceso en ciertas playas de la Comunidad Valenciana (España). Artículo de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar” y “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes”.

INTRODUCCIÓN: Inventario de las Aduanas Marítimas de la provincia de Castellón habilitadas en el año 1947, en los puertos de Castellón, Benicarló, Burriana, Vinaroz, y en la playa de Moncofar, en la playa Oropesa, en la playa de Peñíscola, y en el  puerto refugio de Peñíscola.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas. Publicado en: Boletín Oficial del Estado, núm. 350, de 16 de diciembre de 1947, páginas 6602 a 6602 (1 pág.) Sección: Gobierno de la Nación. Departamento: Ministerio de Hacienda.

Textos: ADUANAS, PROVINCIA DE CASTELLÓN.—

Aduana Principal: Castellón.

Aduanas Subalternas: Benicarló, Burriana y Vinaroz.

ADUANAS DE PRIMERA CLASE.

Provincia de Castellón.—Castellón y Vinaroz.

Las Aduanas marítimas de primera clase están habilitadas para todas las operaciones de importación, exportación, tránsito y cabotaje, salvo los casos especiales que más adelante se indican.

ADUANAS DE SEGUNDA CLASE.

Provincia de Castellón.—Burriana.

Las Aduanas marítimas de segunda clase están habilitadas:

1.° Para la importación de toda clase de mercancías, excepto bacalao, cereales y sus harinas, ganados, frutos coloniales, petróleos, hilados, pasamanería, tejidos y artículos sujetos al sello de marchamo, salvo designación especial.

2.° Para el adeudo de los géneros que expresan el artículo 51 del Reglamento del impuesto sobre el azúcar y el 82 del de la Renta de Alcohol.

3.° Para el comercio de exportación, excepto de los artículos sujetos al pago de derechos, salvo designación especial.

4.° Para el cabotaje.

ADUANAS DE TERCERA CLASE.

Provincia de Castellón.—Benicarló.

Las Aduanas marítimas de tercera clase están habilitadas para la importación de las mercancías que en cada caso se especifican; para el comercio de exportación en general, excepto artículos sujetos al pago de derechos, salvo designación especial; para el cabotaje y para importar los envases destinados a la exportación de productos del país, así como los nacionales que retornen del mismo uso.

ADUANAS DE QUINTA CLASE.

Los puntos marítimos de quinta clase que están habilitados para determinadas operaciones de carga y descarga, bajo la vigilancia del Resguardo y documentación de la Aduana que en cada caso se expresa, son los siguientes:

Provincia de Castellón.—

Peñíscola: Habilitado el puerto de refugio de Peñíscola para el desembarque en régimen de cabotaje de los combustibles y engrases necesarios a la industria de la pesca, con intervención de la subalterna de Vinaroz (Real Orden de 15 de octubre de 1927).

Playa de Moncófar: Para el embarque de frutos nacionales, con autorización y documentos de la Aduana de Burriana; para embarque de material de plomo y hierro procedente de las pertenencias mineras de don Juan Campoy Núñez, con intervención de la Aduana de Burriana.

Playa de Oropesa: Para el desembarque de maderas del país con documentación de la Aduana de Castellón.

Playa de Peñíscola: Para el embarque por cabotaje de los productos agrícolas de la región (tales como algarrobas, maíz, habichuelas, legumbres, hortalizas y frutas secas), con documentación e intervención de la subalterna de Vinaroz.”.

(Relator, Juan E. Prades, 2020). FIN.