GENTES,
COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE
CASTELLÓN:
Por
JUAN E. PRADES BEL (Taller de historia, memorias y patrimonios).
(Sinopsis):
RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…
(Temáticas): HISTORIAS DEL MAR...
"LAS ADUANAS MARÍTIMAS DE LA PROVINCIA DE
CASTELLÓN DEL AÑO 1947".
Escribe:
JUAN EMILIO PRADES BEL.
TEMÁTICAS: Datos
para la historia de los antiguos “graos”, aduanas, puertos y embarcaderos de carga, para la importación,
la exportación y el comercio de géneros del país en los siglos XIX y XX, las
aduanas concedían autorización a los puertos y a ciertos puntos del litoral
habilitados ex proceso en ciertas playas de la Comunidad Valenciana (España).
Artículo de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar” y “Gentes,
costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes”.
INTRODUCCIÓN: Inventario
de las Aduanas Marítimas de la provincia de Castellón habilitadas en el año
1947, en los puertos de Castellón,
Benicarló,
Burriana, Vinaroz, y en la playa de Moncofar, en la playa Oropesa, en la playa de
Peñíscola, y en el puerto refugio de Peñíscola.
EXPOSICIÓN
DOCUMENTAL: Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se
aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta
de Aduanas. Publicado en: Boletín Oficial del Estado, núm. 350, de 16 de
diciembre de 1947, páginas 6602 a 6602 (1 pág.) Sección: Gobierno de la Nación.
Departamento: Ministerio de Hacienda.
Textos:
“ADUANAS, PROVINCIA DE CASTELLÓN.—
Aduana
Principal: Castellón.
Aduanas
Subalternas: Benicarló, Burriana y Vinaroz.
Provincia de Castellón.—Castellón
y Vinaroz.
Las
Aduanas marítimas de primera clase están habilitadas para todas las operaciones
de importación, exportación, tránsito y cabotaje, salvo los casos especiales
que más adelante se indican.
ADUANAS
DE SEGUNDA CLASE.
Provincia
de Castellón.—Burriana.
Las
Aduanas marítimas de segunda clase están habilitadas:
1.°
Para la importación de toda clase de mercancías, excepto bacalao, cereales y
sus harinas, ganados, frutos coloniales, petróleos, hilados, pasamanería,
tejidos y artículos sujetos al sello de marchamo, salvo designación especial.
2.°
Para el adeudo de los géneros que expresan el artículo 51 del Reglamento del
impuesto sobre el azúcar y el 82 del de la Renta de Alcohol.
3.°
Para el comercio de exportación, excepto de los artículos sujetos al pago de
derechos, salvo designación especial.
4.°
Para el cabotaje.
ADUANAS
DE TERCERA CLASE.
Provincia
de Castellón.—Benicarló.
Las
Aduanas marítimas de tercera clase están habilitadas para la importación de las
mercancías que en cada caso se especifican; para el comercio de exportación en
general, excepto artículos sujetos al pago de derechos, salvo designación
especial; para el cabotaje y para importar los envases destinados a la
exportación de productos del país, así como los nacionales que retornen del
mismo uso.
ADUANAS
DE QUINTA CLASE.
Los
puntos marítimos de quinta clase que están habilitados para determinadas
operaciones de carga y descarga, bajo la vigilancia del Resguardo y
documentación de la Aduana que en cada caso se expresa, son los siguientes:
Provincia
de Castellón.—
Peñíscola:
Habilitado el puerto de refugio de Peñíscola para el desembarque en régimen de
cabotaje de los combustibles y engrases necesarios a la industria de la pesca,
con intervención de la subalterna de Vinaroz (Real Orden de 15 de octubre de
1927).
Playa
de Moncófar: Para el embarque de frutos nacionales, con
autorización y documentos de la Aduana de Burriana; para embarque de material
de plomo y hierro procedente de las pertenencias mineras de don Juan Campoy
Núñez, con intervención de la Aduana de Burriana.
Playa
de Oropesa: Para el desembarque de maderas del país con
documentación de la Aduana de Castellón.
Playa
de Peñíscola: Para el embarque por cabotaje de los productos
agrícolas de la región (tales como algarrobas, maíz, habichuelas, legumbres,
hortalizas y frutas secas), con documentación e intervención de la subalterna
de Vinaroz.”.
(Relator,
Juan E. Prades, 2020). FIN.