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domingo, 19 de julio de 2020

EL COTO ARROCERO DE LA “SOCIEDAD DE RIEGOS LA TORRE”

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"EL COTO ARROCERO DE LA “SOCIEDAD DE RIEGOS LA TORRE”, EN EL TÉRMINO DE BENICÀSSIM”,  AÑO 1959".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

INTRODUCCIÓN:

- Los cotos arroceros son los acotamientos de terrenos singulares y humedales, aptos para dedicarlos exclusivamente a la agricultura del cultivo del arroz, con carácter permanente o circunstancial.
- Este artículo hace recopilación del texto oficial de la resolución de un expediente del año 1959, publicado en el Boletín oficial del Estado, con los textos de la resolución del Ministerio de Agricultura, aprobando las autorizaciones provisionales, para el cultivo del arroz en los términos municipales de Castellón, Nules y Benicàssim, todos de la Provincia de Castellón.
EXPOSICIÓN COCUMENTAL:
B.O.E. Boletín Oficial del Estado: núm. 361, de 27/12/1954, página 8.534. MINISTERIO DE AGRICULTURA:
Texto: Boletín Oficial del Estado: núm. 115, de 14/05/1959, página 7.034.
Departamento: Ministerio de Agricultura. Resolución de la Dirección General de Agricultura por la que se hace pública la 101 relación de autorizaciones provisionales para el cultivo del arroz concedidas por el Ministerio de Agricultura en las fechas que se indican y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto de 28 de noviembre de 1952.
MINISTERIO DE AGRICULTURA. RESOLUCION de la Dirección General de Agricultura por la que se hace pública la 101 relación de autorizaciones provisionales para el cultivo del arroz concedidas por el Ministerio de Agricultura en las fechas que se indican y con arreglo a lo dispuesto en el Decreto de 28 de noviembre de 1952.
Provincia de Castellón, tres autorizaciones provisionales para el cultivo del arroz: A…
(1) D. Ramón Palau Barreda; Término municipal de Castellón, provincia de Castellón.; Extensión Hectáreas. 3,29 ha.; Plazos 5 años.; 30-4-1959.
(2) D. Salvador Blasco y don Joaquín Ortiz; Término municipal de Nules, provincia Castellón.; Extensión en Hectáreas 12,68 ha.; Plazos 7 años.; Fecha 30-4-1959.
(3) D. José Queral Ramón, Presidente de la Sociedad de Riegos La Torre; Término municipal Benicasim, provincia de Castellón; Extensión en Hectáreas 21,65 ha.; Plazos 5 años.; Fecha 30-4-1959.

ADDENDA: Adiciones y complementos sobre las temáticas y motivos referidos en el artículo (Por Juan E. Prades):

"ELS ARROSARS": Los arrozales de la Sociedad de Riegos La Torre, estarían colindantes a la raya divisoria del vecino término municipal de Castellón de la Plana, unos terrenos segmentados en piezas, separados por acequias, habilitados para el cultivo del arroz y llamados “cuadros”, “peça o peses” (piezas) o “Quadrons” algunos de los nombres denominados para esas tierras eran “Quadrò o Peça dels Lladres”, ”Quadrò de Santiago”, ”Quadró de la Torre”, “Quadrò del Palmeral”…

EL ARROZ: El arroz, forma parte de un grupo de 19 especies de hierbas anuales de la familia de las Gramíneas, aunque es el arroz común (Oryza sativa) la única especie importante para el consumo humano.

LOS COTOS ARROCEROS DE ESPAÑA: La cuna del muy singular cultivo del arroz en España, es la Albufera de Valencia. Durante el s. XIX se produjo una gran expansión del cultivo del arroz por el resto del país (España) de la mano de familias valencianas. Con el fin de contribuir a restablecer el equilibrio entre los diferentes factores que determinan el costo de producción del arroz, buscando, mediante la asociación y cooperación debidamente organizadas y establecidas de los cultivadores de arroz, propietarios de tierras de arrozales, elaboradores del producto y comerciantes exportadores del mismo la modificación y mejora gradual del presente estado de cosas, hasta conseguir que el cultivo, elaboración y comercio de dichos productos se desarrollen en plazo próximo m condiciones económicas propicias para existir y defenderse por sí mismos y poder competir ventajosamente en los mercados extranjeros.

- LEGISLACIÓN CONSULTADA:
- DECRETO de 28 de noviembre de 1952 por el que se autoriza provisionalmente el cultivo del arroz en los terrenos a que se refiere el artículo 1º. de la Ley de 17 de marzo de 1945.
- LEY de Cotos Arroceros, de 17 de marzo de 1945, así como el Decreto que la reglamenta, fechado en 23 de mayo del propio año.
- LEY sobre concesión de nuevos cotos arroceros de 23 de mayo de 1945.
- ORDEN de 27 de abril de 1955 por la que se dictan normas relativas al cultivo del arroz.
- Archivo Fotográfico de Isla Mayor - Biblioteca Alfonso Grosso -.










domingo, 21 de junio de 2020

BENICARLÓ, 1856.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"HISTORIAS DEL MAR: LA ADUANA MARÍTIMA DE BENICARLÓ DEL AÑO 1856".

Por JUAN EMILIO PRADES BEL.

TEMÁTICAS: Datos para la historia de los antiguos “graos”, aduanas, puertos y embarcaderos de carga para la importación y la exportación de géneros del país de los siglos XIX y XX, habilitados ex proceso en ciertas playas de la Comunidad Valenciana (España). Artículos de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar” y “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes”. 


INTRODUCCIÓN, EL MAR, LA NAVEGACIÓN Y LA ECONOMÍA: Hasta mediados del siglo XX, los escenarios marinos directamente vinculados a la economía eran principalmente la explotación de recursos marinos, el transporte de personas y de mercancías y el comercio internacional. La economía y el comercio marítimo, la navegación a vela y a motor, la historia social de marinos y pasajeros, y de los pueblos y comunidades relacionadas con el mar, son temas en correspondencia y vinculación a la historia y a la correlación y nexo de los humanos con el mar. En esta ocasión dedicado a la ciudad portuaria de Benicarló (España) del año 1856.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: (Documento oficial del año 1856): RESUMEN-SINOPSIS: Real Orden habilitando á la Aduana de Benicarló en la provincia de Castellón, para el despacho de duelas y flejes procedentes del extranjero con destino á la fabricación de pipas, esta Real Orden fue publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 1166, de 14/03/1856, página 1.
(Gaceta de Madrid: núm. 1166, de 14/03/1856, página 1. Departamento:
Ministerio de Hacienda.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA. REAL ORDEN. Ilustrísimo Sr.: Visto cuanto resulta del expediente instruido á instancia de varios individuos del comercio de Benicarló, en la provincia de Castellón, solicitando que se habilite la Aduana subalterna establecida en dicho punto para despachar directamente del extranjero las duelas y flejes necesarios para la construcción de la pipería destinada á la exportación de vinos, la Reina (q. D. g.) deseosa siempre de proporcionar á la agricultura y al comercio las ventajas que sean compatibles con los intereses del Estado, ha tenido á bien acceder á la expresada solicitud, y mandar que la referida Aduana de Benicarló quede habilitada para el despacho de duelas y flejes procedentes del extranjero con destino á la fabricación de pipas.
- De Real orden lo digo á, V. I. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á V. I. muchos años.
- Madrid 5 de Marzo de 1856. = Santa Cruz. = Sr. Director General de Aduanas.

ADDENDA: Adiciones y complementos sobre las temáticas y motivos referidos en el artículo. (Por Juan E. Prades):

DUELAS (significado): Duela es cada una de las tablas, generalmente convexas, que forman el contorno de una cuba, tina, barril o tonel. (Wikipedia)
FLEJES: Tira de chapa de hierro o de cualquier otro material resistente con que se hacen arcos para asegurar las duelas de cubas y toneles y las balas de ciertas mercancías.
PIPERÍA: La expresión Pipería viene a referirse y a nombrar a una provisión o conjunto de toneles, barriles, pipas o cubas. (En la marina a vela) Pipería era un grupo o montón de pipas (barriles) que se llevaba de carga a bordo, en donde se llevaba la aguada, vinos y otros géneros, como parte del cargamento comercial, o para la intendencia, usos y consumos de la tripulación.
ADUANA SUBALTERNA DE BENICARLÓ (significado): Una Aduana Subalterna es una Oficina Aduanera adscrita a una Aduana principal.  La Aduana Subalterna es habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva jurisdicción y circunscripción.

EL VINO CARLÓN DE BENICARLÓ:
De todo cuanto antecede es fácil deducir que el vino marcó la pauta del desarrollo económico y social de Benicarló a lo largo de los siglos XVIII y XIX, desarrollo que alcanzó el máximo nivel durante el periodo comprendido entre 1875 y 1910. Al mismo tiempo y entrados ya en el siglo XX, ese mismo vino, o mejor dicho, las circunstancias que le acompañaban, fueron el origen de la decadencia de Benicarló cuya producción y economía se habían visto orientadas por razones coyunturales hacia el monocultivo de la vid, y no puedo o no supo reaccionar a tiempo ante la crisis de la viticultura que, de la mano de la filoxera, comenzó a sentirse en este país a partir de los primeros años del siglo actual. El período entre 1875-1910 abarca pues el máximo apogeo de los vinos del Maestrat y de Benicarló, pero al mismo tiempo la decadencia de una economía y el finiquito de un vino excepcional, el “Carlón”, que había adquirido justa fama por gran parte del mundo.  El vino “Carlón” es una antigua denominación de origen para unos caldos que, procedentes en un principio del agro benicarlando, eran ya conocidos a partir del siglo XV por todos los países del ámbito mediterráneo y del norte de Europa; posteriormente, cuando la creciente demanda del “Carlón” superó los límites del excedente local y los comerciantes de aquí ampliaron sus bodegas y las acabaron de llenar con los vinos que adquirían en poblaciones vecinas, dicha denominación de origen abarcó a todos los vinos de la comarca que eran elaborados y comercializados por los mercaderes instalados en Benicarló.  Llegados a este punto bien cabría preguntarnos la razón de la fama adquirida por el vino “Carlón”: ¿qué se oculta tras esa antigua denominación, como eran y cuáles fueron las características y propiedades de tan apreciados caldos?. Es del todo evidente que la denominación de vino “Carlón” deriva de vino de Benicarlón, o vino de Benicarló como también en ocasiones aparece escrito. Esta reducción se convirtió en sinónimo y a la vez en denominación de origen de reconocido prestigio internacional para los vinos de Benicarló en particular y del Maestrat en general. De ellos nos han hablado algunos autores modernos y contemporáneos y veamos si entre todos nos aclaran cuáles fueron las virtudes de estos vinos.
   Rafael Martí de Viciana por ejemplo, hacia 1562, dijo que las mayores cosechas de frutos de Benicarló eran dos: “la una de vino blanco y tinto muy bueno, de la cual cogen 170.000 cántaros. La otra de algarrobas…”.
   Por su parte Vicente Mares, en La Fénix Troyana (1681), apunta que el vino blanco de Benicarló “haze ventaja a todos los de Reyno”
Y m. Laurent Lipp, en su Guide des négocians…1973, dice textualmente entre otras cosas: “El comercio de Benicarló consiste principalmente en la exportación de vino y aguardiente, pero sobre todo de los vinos rojos que sus alrededores producen abundancia; son de mucho color, la mayor parte secos, y de una fuerza capaz de poder soportar largos viajes sin estropearse lo que hace que sean muy apreciados”.
    Dos años después, en 1795, apuntaba Cavanilles refiriéndose al vino de Benicarló, Vinaròs y Peñiscola: “… es precioso y muy estimado por los extranjeros por ser fuerte, espeso y negro, condiciones propias para poder sufrir las manipulaciones y mezclas que los mercaderes practican”.
   Madoz, en 1845 afirmaba que el vino de Benicarló es “tinto, dulce y seco, ambos de mucho cuerpo y fuerza, y de nombradía en España, Ultramar y entre los extranjeros”.
   También Bernardo Mundina (1873) hace alguna referencia a estos vinos: “...desde tiempo inmemorial este producto es el que más fama ha gozado entre los vinos del reino; en el año1200 era famoso el vino blanco que se confeccionaba en Benicarló, y hoy tiene grande estima en varios puntos del extranjero el vino tinto y seco de esta población”.
   Es decir, que a tenor de lo que manifiestan los autores que preceden, el vino “Carlón” era nada menos que blanco, tinto, muy bueno, rojo, de mucho color, seco, fuerte, espeso, negro, dulce y de mucho cuerpo, calificativos todos ellos que denotan una serie de propiedades que indudablemente debieron de tener. En cuanto a las exportaciones del “Carlón” suponían un promedio de 30.000 Hectolitros al año durante la etapa final del siglo XVIII y principios del XIX. En 1834, sin evaluar los envíos a hispano-América, fueron embarcados más 40.000 Hectolitros repartidos entre el Reino Unido (40%), Amsterdam, Hamburgo y San Petersburgo (20%), Livorno y otros puertos de Italia (17%), Brasil y Estados Unidos (13%) y Francia (9%) (30). Pero, todo llega a su fin y al vino “Carlón” le llegó el suyo en el último tercio del siglo XIX, cuando la demanda vióse aumentada extraordinariamente. Los comerciantes vinateros de Benicarló, antes el gran negocio que les ofrecía la masiva exportación a Francia de vinos comunes, del año, para subsanar la carencia que de ellos tenía nuestro país vecino por causa de la filoxera, prefirieron la cantidad a la calidad y renunciaron a la tradicional elaboración y envejecimiento de sus afamados caldos. Paradójicamente, cuando mayor era la producción y exportación de los vinos del Maestrat, cuando el auge comercial y económico de la viticultura benicarlanda no podía ofrecer mejores perspectivas, sobrevino el holocausto del vino de “Carlón”. Cuatro centurias de tradición y prestigio durante, las cuales, como ya se apuntó en otro momento, había el “Carlón”  deleitado a los más reputados paladares de la aristocracia europea, fueron desdeñados a cambio del negocio fácil. Esto, que hubiese podido ser pasajero, coyuntural, se agravó con la llegada de la filoxera a esta comarca y en pocos años el vino “Carlón”, que había pregonado por todo el mundo el nombre y la fama de Benicarló, pasó a la memoria colectiva del pueblo como un recuerdo, un nombre que evocaba pasadas glorias.
https://www.ajuntamentdebenicarlo.org/mcb/ppdo-shostd.php?i_pdo=10449




BENICARLÓ, 1883.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"HISTORIAS DEL MAR: LA ADUANA DE BENICARLÓ (CASTELLÓN), AÑO 1883".

Por JUAN EMILIO PRADES BEL.

TEMÁTICAS: Datos para la historia de los antiguos “graos”, aduanas, puertos y embarcaderos de carga para la importación y la exportación de géneros del país de los siglos XIX y XX, habilitados ex proceso en ciertas playas de la Comunidad Valenciana (España). Artículos de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar” y “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes”.

INTRODUCCIÓN: 

EL MAR, LA NAVEGACIÓN Y LA ECONOMÍA: Hasta mediados del siglo XX, los escenarios marinos directamente vinculados a la economía, eran principalmente la explotación de recursos marinos, el transporte de personas y de mercancías y el comercio internacional. La economía y el comercio marítimo, la navegación a vela y a motor, la historia social de marinos y pasajeros, y de los pueblos y comunidades relacionadas con el mar, son temas en correspondencia y vinculación a la historia, y a la correlación y nexo de los humanos con el mar. En esta ocasión dedicado a la ciudad portuaria de Benicarló (España) del año 1883.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: (Documento oficial aprobado el año 1883: Resumen-sinopsis:

- Real Orden del Gobierno de España, ampliando la habilitación de la Aduana de Benicarló en la provincia de Castellón para la importación de diferentes frutos, esta Real Orden fue publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 60, de 01/03/1883, páginas 453 a 454.
- TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA REAL ORDEN. Excmo. Sr.: Visto el expediente instruido a consecuencia de las instancias presentadas por el Ayuntamiento, propietarios y comerciantes de Benicarló, provincia de Castellón, en solicitud de que se permita el embarque de vinos, aceites, algarrobas, naranjas y demás frutos del país en todos los buques procedentes directa o indirectamente del extranjero, aunque conduzcan de tránsito algunas mercancías para cuyo despacho no está habilitada la Aduana establecida en dicha villa:
- Vistos los informes emitidos por el Delegado de Hacienda de la provincia, Administrador principal de Aduanas, Jefe de la Comandancia de carabineros y Junta de Agricultura, Industria y Comercio, cuyos informes son favorables a lo que se solicita:
- Considerando, que la pretensión de que se trata es contraria a lo establecido en los artículos 118 y 169 de las Ordenanzas de Aduanas, cuyas prescripciones generales conviene mantener, sin modificarlas ni crear excepciones a favor de localidad alguna:
- Considerando, que las dificultades que expone el Ayuntamiento de Benicarló y su comercio para el fomento de su importante exportación sólo pueden vencerse aumentando su actual habilitación para despachar las mercancías extranjeras que conduzcan los buques que allí llegan para cargar productos del país:
- Considerando, que en varias reclamaciones idénticas se ha concedido el aumento de habilitación antes que modificar las expresadas disposiciones reglamentarias, como sucede con las Aduanas de Denia y Jávea:
- Considerando, que para que no sufra obstáculo la ampliación de la habilitación de la de Benicarló, se ha comprometido el Ayuntamiento de dicha villa a reintegrar al Estado el sueldo de 1.250 pesetas anuales para un empleado pericial con que debe aumentarse la dotación de la Aduana de Benicarló para atender al nuevo servicio que se solicita;
- S. M. el Rey (q. D. g.), conformándose con lo propuesto por esa Dirección general, ha resuelto:
- 1.° Que se amplíe la habilitación de la Aduana de Benicarló, provincia de Castellón, para la importación de toda clase de artículos, excepto tejidos, bacalao, frutos coloniales, azúcar y petróleo.
- 2.° Que se aumente la dotación de dicha Aduana con un empleado pericial con el sueldo de 1.250 pesetas, que será Interventor Vista de la misma dependencia.
- Y 3.° Que el Ayuntamiento de Benicarló reintegre al Estado el referido sueldo por trimestres adelantados, ingresando su importe en la Tesorería de Hacienda de Castellón en concepto de diferentes derechos del Estado.
- De Real orden lo digo a V. E. para los efectos correspondientes. Dios guarde a V. E. muchos años.
- Madrid, 26 de Enero de 1883.= CUESTA.= Sr. Director General de Aduanas”.

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
- Embarques de productos del país en la playa de Canet de Berenguer (Valencia), año 1894. Autor: Juan E. Prades.
- Embarque de productos de la tierra en la playa o grao de Torreblanca-Torrenostra, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades
- Embarques de productos del país en los graos y embarcaderos habilitados en las playas de Burriana, Moncófar y Almazora, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.
- Proyecto de construcción de un muelle embarcadero en la rada de Benicarló, año 1883. Autor: Juan E. Prades.
- Embarques y desembarques, de productos del país en la playa o grao de Moncófar en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.
-http://www.agroambient.gva.es/web/pesca        
-http://mayores.uji.es/blogs/antropvinaros/2012/01/23/el-mundomarinero-en-nuestra-costa/#more-389
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html.
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/peniscola-ano-1867.html
https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/peniscola-1920.
htmlhttps://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html
- Embarques de productos del país en la playa de Peñíscola, año 1867. Autor: Juan E. Prades.


lunes, 15 de junio de 2020

ALMAZORA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"HISTORIAS DEL MAR: LOS EMBARQUES DE PRODUCTOS DEL PAÍS EN LAS PLAYAS DE ALMAZORA, AÑOS 1879 Y 1884".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

TEMÁTICAS: Datos para la historia de los antiguos “graos”, aduanas, puertos  y embarcaderos de carga para la importación y la exportación de géneros del país de los siglos XIX y XX, habilitados ex proceso en ciertas playas de la Comunidad Valenciana (España). Artículos de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar” y “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes”.
EXPOSICIÓN: Transcripción de dos documentos oficiales sobre la exportación de productos desde el Grao de Almazora.
(DOCUMENTO 1º. AÑO 1879): HABILITACIÓN DE LA PLAYA DE ALMAZORA, PARA EL EMBARQUE DE FRUTOS DEL PAÍS.
RESUMEN-SINOPSIS: Real Orden del Ministerio de Hacienda, aprobada por el Gobierno de España en marzo del año 1879, disponiendo se habilite la playa de Almazora, en la provincia de Castellón, para el embarque de frutos del país. Esta Real Orden fue publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 89, de 30/03/1879, página 911.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “Excmo. Sr.: Vista una instancia del Ayuntamiento, cosecheros y varios vecinos del pueblo de Almazora, en la provincia de Castellón, exponiendo los grandes perjuicios que les ocasiona el transportar los frutos del país, y especialmente la naranja, que en considerables, cantidades se produce en aquel término, á Castellón ó á Burriana, puntos habilitados para el embarque de los mismos frutos con destino al extranjero, y solicitando que dicho embarque pueda verificarse por la playa de Almazora, que dista del pueblo menos de cinco kilómetros de buen camino, con lo que no sufrirán la, competencia, de otros pueblos del litoral que exportan directamente sus productos: Vistos los informes emitidos por el Jefe económico de la provincia, Administrador principal de Aduanas, Jefe de la Comandancia de Carabineros y Junta de Agricultura, Industria y Comercio: Considerando que es indudable la necesidad de que se permita en la playa de Almazora la carga de frutos del país, poniendo al pueblo del mismo nombre en iguales condiciones, económicas que otros de la provincia de Castellón que no cuentan sin embargo con la abundante producción agrícola á que necesita dar salida el de que se trata;
- Y considerando que el punto que se trata de habilitar está próximo á Castellón, capital de la provincia, por lo que el Administrador de la Aduana del Grao de Castellón puede intervenir fácilmente las operaciones que se practiquen en la playa de Almazora en los casos excepcionales que requieran su asistencia á aquel punto, donde existe destacamento de Carabineros para ejercer la debida fiscalización;
-S. M. el Rey (Q. D. G.), de conformidad con lo propuesto por V. E., se ha servido disponer se habilite la playa de Almazora, en la provincia de Castellón, para el embarque de frutos del país, con documentación de la Aduana del Grao de Castellón y bajo la vigilancia del Resguardo de Carabineros establecido en el mismo punto.
- De Real orden lo digo á V. E. para los efectos correspondientes.
- Dios guarde á V. E. muchos años.
- Madrid, 19 de Marzo de 1879.
- OROVIO. Sr. Director General de Aduanas.

(DOCUMENTO 2º. AÑO 1884): HABILITACIÓN DE LA PLAYA DE ALMAZORA PARA EL EMBARQUE DE NARANJA.
RESUMEN-SINOPSIS: Real Orden del Ministerio de Hacienda aprobada por el Gobierno de España en febrero del año 1884. Real Orden resolviendo el expediente sobre la habilitación de la playa comprendida entre Burriana y Almazora para el embarque de naranja. Real Orden Publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 24, de 24/01/1884, página 228.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA. REALES ÓRDENES. Ilustrísimo  Sr.: Visto el expediente instruido con motivo de la solicitud de D. Antonio Raset para que se habilite un punto de la playa comprendida entre Burriana y Almazora para el embarque de naranja:
- Resultando que con arreglo al art. 6º. de las Ordenanzas se pidieron los oportunos informes, y que los han evacuado en sentido favorable el Administrador de la Aduana de Vinaroz y el de la de Burriana, el jefe de la Comandancia de Carabineros, la Junta de Agricultura, Industria y Comercio de la provincia y el Delegado de Hacienda de la misma:
- Considerando que la necesidad de dar fácil salida á la naranja que constituye la principal riqueza del distrito de Burriana, aconseja la concesión que se solicita, porque se favorecerá la Agricultura y el Comercio, sin perjuicio alguno para los intereses de la Hacienda:
- Considerando que en el punto de Masquemado, que es donde deben verificarse los embarques del expresado fruto, existe destacamento de Carabineros que puede vigilar las operaciones de embarque, las cuales autorizará la Administración de Burriana sin que el nuevo servicio haga necesario aumento de la fuerza del resguardo, que es muy suficiente para atender á la fiscalización de un solo artículo, por mucho que sea el incremento que tome la exportación;
- S. M. el Rey (Q. D. G.), de conformidad con lo propuesto por esa Dirección general, se ha servido resolver se habilite la playa comprendida entre Burriana y Almazora en el punto denominado Masquemado, para el embarque de naranja, con autorización de la Aduana de Burriana, y bajo la vigilancia del resguardo de Carabineros del destacamento de Masquemado.
- De Real orden lo digo á V. I. con remisión del expediente para su conocimiento y demás efectos.
- Dios guarde á V. I. muchos años;
- Madrid, 19 de Diciembre de 1883.
- GALLOSTRA, Sr; Director General de Aduanas”.

ADDENDA: Adiciones y complementos sobre las temáticas y motivos del artículo (Por Juan E. Prades):
EMBARCADEROS Y “GRAUS”: Un Grao (grada) en el vocabulario náutico valenciano del siglo XIX, era una playa que servía de improvisado desembarcadero comercial naval para carga, descarga, embarque y exportación de géneros, frutos, y productos locales del país, con destino a la comercialización en otros puertos y ciudades. A lo largo de la historia, hasta mitad del siglo XIX en que apareció la línea del ferrocarril en la provincia de Castellón, el medio de exportar bienes y mercancías más habitual, fue el transporte naval de cabotaje comercial, siendo el sistema naval por medio de embarcaciones y buques de carga, la forma más rápida, barata y eficaz de transporte. Los “Graos” o “Graus” nacían a petición de algunos empresarios con intereses agrarios o comerciales, que hacía, se decidiesen por solicitar la pertinente autorización al Estado, para el transporte naval de cabotaje para sus productos o bienes locales a exportar, los graos se habilitaban en ciertos puntos de la costa, habilitado para tal fin, y lo más cercano posible a la zona de producción de los géneros a exportar. La conducción por vía terrestre a lomos de bestias y caballerías, por caminos malos y lentos, suponía una ruina para los sectores agrícolas, ganaderos, de comercio, artesanos y productores locales, los elevados costes que suponía el transporte terrestre, hacían que las largas distancias de los frutos, se intentasen cubrir por mar, de esa necesidad de transporte, rápido, económico y eficiente, es la proliferación de este tipo de gradas y embarcaderos, que los valencianos llamamos “graus”. A lo largo del siglo XIX, este tipo de embarcaderos estaban consolidados como  puertos locales para el tráfico naval de cabotaje, tanto para la entrada y salida de mercancías como de personas, protagonismo que se mantuvo hasta bien entrado el siglo XX. Con esta actividad portuaria aparecieron en los Graos, los “alcaldes de mar”, nombrados por la Comandancia de Marina para atender a los matriculados en su jurisdicción, controlar la actividad comercial y dar cuenta de cualquier incidente que se produjese en el tramo de costa que tuviese destinado dicho alcalde y autoridad portuaria.  

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
- Embarques de productos del país en la playa de Peñíscola, año 1867. Autor: Juan E. Prades.
- Embarque de productos de la tierra en la playa o grao de Torreblanca-Torrenostra, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades
- Embarques de productos del país en los graos y embarcaderos habilitados en las playas de Burriana, Moncofar y Almazora, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.
- Proyecto de construcción de un muelle embarcadero en la rada de Benicarló, año 1883. Autor: Juan E. Prades.
- Embarques y desembarques, de productos del país en la playa o grao de Moncofar en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.
-http://www.agroambient.gva.es/web/pesca        
-http://mayores.uji.es/blogs/antropvinaros/2012/01/23/el-mundomarinero-en-nuestra-costa/#more-389
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html.
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/peniscola-ano-1867.html
https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/peniscola-1920.html https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html

Playa de la Torre,  Almazora.




domingo, 10 de mayo de 2020

PALANQUES EN EL AÑO 1850.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"EL MUNICIPIO DE PALANQUES EN 1.845-1850, DATOS PARA SU HISTORIA".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

INTRODUCCIÓN: Datos del municipio valenciano de Palanques en la comarca de los Puertos de Morella en la provincia de Castellón (España), publicados en una guía provincial de información general bajo el título “Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España años 1845-1850”.

La excelencia y mérito de este anuario es de su autor el ilustre Pascual Madoz, que transfiere datos referidos al municipio castellonense de PALANQUES que expone en los siguientes términos:

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: PALANQUES (CASTELLÓN) EN EL DICCIONARIO GEOGRÁFICO-ESTADÍSTICO-HISTÓRICO DE ESPAÑA. Escrito por Pascual Madoz (1.845-1850).

“PALANQUES: Lugar con ayuntamiento dé la provincia de Castellón de la Plana (a 17 leguas), partido judicial de Morella (a 3 leguas), audiencia territorial y capitanía de Valencia (a 27 leguas), diócesis de Tortosa (14 ½ leguas).

- SITUACIÓN en una pendiente a la izquierda del río Bergantes, entre este y un peñasco, le baten los vientos del N. y S.; su CLIMA es templado y saludable.

-  Tiene 86 CASAS, la del ayuntamiento, en cuyo piso bajo está la cárcel, una torre antigua medio derruida; escuela de niños a la que concurren 14, dotada con 4 cahíces de trigo; iglesia parroquial (de San Cosme y San Damián) de entrada, servida por un cura de provisión real y ordinaria; una ermita (de los Dolores) á 150 pasos de distancia al N. del pueblo, construida recientemente, y un cementerio á 500 pasos de distancia en paraje alto y ventilado. Los vecinos se surten para sus usos de una fuente inmediata á la población, de buenas y abundantes aguas.

- Confina el TÉRMINO por N. con Zorita; E. Hortells; S. Villores. y O. Luco su extensión es de 1/4 legua. de N. á S. y 1 de E. á O. en su radio comprende 10 caseríos; el monte denominado el Común, á 1/4 leguas. O., que cría pinos, romeros, aliagas, sabinas y otros arbustos, y una cantera de yeso.

- EL TERRENO: es quebrado y montuoso, de mediana calidad, cuya vega fertiliza una acequia que toma las aguas del río Bergantes, este corre de S. a N., pasando á corta distancia por el E. de la población, y por el O. nace una fuente que riega también algunas heredades.

- LOS CAMINOS: son locales y de herradura, en regular estado.

- El CORREO: se recibe de Morella por balijero, 2 veces á la semana.

- PRODUCCIONES: trigo, cebada, patatas, judías, seda, vino y frutas; cría de ganado lanar; hay caza de conejos, liebres y perdices, y alguna pesca de barbos y madrillas. 

- INDUSTRIAS: la agrícola y un molino harinero.

POBLACIÓN: 53 vecinos, 268 almas.

- CAP. PROD. 333.373 reales.

IMP. 22.123. CONTRIBUCIÓN: el 22 por 100 de esta riqueza.

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

- ESTRUCTURA Y SECCIONES DE LA OBRA: Pascual Madoz estructura su obra, para los pueblos de alguna importancia, en doce apartados:  1. Nombre del pueblo, sus dependencias y distancias. 2. Situación y clima. 3. Interior de la población y sus afueras. 4. Término. 5. Calidad del terreno. 6. Caminos. 7. Correos y diligencias. 8. Como dato estadístico, producciones. 9. Como dato estadístico, industria. 10. Como dato estadístico, comercio. 11. Como dato estadístico, población, riqueza y contribuciones. 12. Historia.  

- PASCUAL MADOZ IBÁÑEZ: (Pamplona, 17 de mayo de 1806 – Génova, 13 de diciembre de 1870) concibe su obra cuando está colaborando en la redacción del Diccionario Geográfico Universal entre 1833 y 1834. Su objetivo fue el de mejorar el Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal de Sebastián Miñano concluido en 1829. La publicación del Madoz, como se conoce coloquialmente, se realizó en dieciséis tomos entre el 27 de mayo de 1845 y el 11 de mayo de 1850.

ARCHIVO.

Ayuntamiento de Palanques.


Judías de Palanques.


ORTELLS EN EL AÑO 1850.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "Crónicas históricas"; "Recordar también es vivir"; "Historias del Mar"; “Espigolant cultura: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

"LA POBLACIÓN DE ORTELLS (CASTELLÓN) EN EL AÑO 1.845-1850, DATOS PARA SU HISTORIA".

Escribe: JUAN E. PRADES BEL.

INTRODUCCIÓN: Datos del municipio valenciano de ORTELLS de la comarca de los Puertos de Morella en la provincia de Castellón (España), trasmitidos en el tiempo, a través de unos textos publicados en una guía provincial de información general bajo el título “Diccionario geográfico-estadístico histórico de España años 1845-1850”. La excelencia y mérito de este anuario es de su autor el ilustre Pascual Madoz, que transfiere datos referidos al municipio castellonense de ORTELLS, que expone en los siguientes términos:

ORTELLS/HORTELLS EN EL DICCIONARIO GEOGRÁFICO-ESTADÍSTICO-HISTÓRICO DE ESPAÑA. Escrito por Pascual Madoz (1.845-1850).

Textos: “ORTELLS: Lugar con ayuntamiento de la provincia de Castellón de la Plana (a 15 leguas), partido judicial de Morella (a 2 leguas), audiencia territorial y capitanía general de Valencia (a 25), diócesis de Tortosa (a 14 leguas).

SITUADO en terreno llano, a la derecha del río Bergantes; reinan los vientos de N., S. y O.; Su CLIMA es frío y saludable.

Tiene 96 CASAS, inclusas la del ayuntamiento y cárcel; una casa cast. en el centro del pueblo; escuela de niños, concurrida por 18; iglesia parroquial de San Blas y Sta. María Magdalena), servida por un cura de entrada y provisión real y ordinaria; una ermita, dedicada á San Pedro, y un cementerio que no perjudica á la salud pública.

- Los vecinos se surten de 2 fuentes que hay dentro de la población, cuyas aguas son buenas. 

- Confina el término, por N. con Palanques y Zorita; E. Chiva; S. Villores, y O. el mismo y Palanques,  comprende varias masías, esparcidas por su extensión, vanos montes poblados de romeros, espinos y otros arbustos, y una dehesa de pasto denominada el Boberal de 1/2 hora de circunferencia.

El TERRENO, es quebrado, montuoso y secano por la parte oriental; lo demás una hermosa vega que se riega con las aguas del río Bergantes, que corre de S. á N. á la distancia de 300 pasos del pueblo.

LOS CAMINOS, son de herradura en buen estado.

EL CORREO, se recibe de Morella por balijero tres veces á la semana,

PRODUCCIONES, trigo, poca cebada, patatas, judías, algún vino, varias clases de frutas, muy poco lino y alguna seda; mantiene ganado lanar y cabrío; hay caza de perdices, conejos, liebres y algunas codornices, y pesca de barbos y madrillas. 

- IND.  la agrícola y un molino harinero.

LA POBLACIÓN:  82 vecindad, 369 almas.

 CAP. PROD.: 502,000 reales. IMP. 37,245. CONTR. el 22 por 100 de esta riqueza.

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

- ESTRUCTURA Y SECCIONES DE LA OBRA: Pascual Madoz estructura su obra, para los pueblos de alguna importancia, en doce apartados:  1. Nombre del pueblo, sus dependencias y distancias. 2. Situación y clima. 3. Interior de la población y sus afueras. 4. Término. 5. Calidad del terreno. 6. Caminos. 7. Correos y diligencias. 8. Como dato estadístico, producciones. 9. Como dato estadístico, industria. 10. Como dato estadístico, comercio. 11. Como dato estadístico, población, riqueza y contribuciones. 12. Historia.  

- PASCUAL MADOZ IBÁÑEZ: (Pamplona, 17 de mayo de 1806 – Génova, 13 de diciembre de 1870) concibe su obra cuando está colaborando en la redacción del Diccionario Geográfico Universal entre 1833 y 1834. Su objetivo fue el de mejorar el Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal de Sebastián Miñano concluido en 1829. La publicación del Madoz, como se conoce coloquialmente, se realizó en dieciséis tomos entre el 27 de mayo de 1845 y el 11 de mayo de 1850. La extensión de las entradas del diccionario, que se organiza en orden alfabético. Las entradas del diccionario incluyen no sólo entidades individuales como ciudades, pueblos y aldeas, sino también de agrupaciones tales como diócesis, partidos judiciales, o audiencias territoriales. Se presta atención a los homónimos, procurando ser unívoco y preciso en la localización e identificación de los sitios. Las fuentes bibliográficas de las que se auxilió Madoz vienen recogidas en el primer volumen de la obra. No obstante, la fuente principal de las entradas fueron los informes de los corresponsales, por lo que se trata de una obra basada en trabajo de campo.

ARCHIVO: 















domingo, 10 de noviembre de 2019

COMERCIO DE LA SAL


VESTIGIS DE SALINES MEDIEVALS A TORREBLANCA, EL COMERÇ DE LA SAL A L’ENTORN DEL TERRITORI MEDIEVAL DE XIVERT I ALBALAT.
JUAN EMILIO PRADES BEL
RESUM: Aquest treball de divulgació, pretén posar en valor d'estudi una antiga i oblidada zona salinera per a l'extracció i l'obtenció de sal marina, es tracta de les salines de Torreblanca que varen ocupar una gran extensió de terres al llarg d'una franja litoral continental que afectà unes 20/ 25 hectàrees de terreny, un indret on els pobladors del lloc en l'època medieval islàmica varen excavar i rebaixar el sòl fins al nivell de mar. L'extracció de sal i el seu comerç ajuden a fer-ne un plantejament sobre l'ocupació rural al voltant de les salines, i les connotacions històriques, culturals i patrimonials dels pobladors que ocuparen estes terres a l'època alt medieval.
RESUMEN: Este trabajo de divulgación, pretende poner en valor de estudio una antigua y olvidada zona salinera de época medieval, que sirvió para la extracción y la obtención de sal marina, se trata de las salinas de Torreblanca que ocuparon una gran extensión de terreno a lo largo de la franja litoral continental que afectó a unas 20/25 hectáreas de terreno, un lugar donde los pobladores medievales del lugar de la época islámica excavaron y rebajaron el suelo hasta el nivel de mar. La extracción de sal y su comercio, son las bases que ayudaran a hacer un planteamiento de estudio sobre la ocupación rural, la economía, y las connotaciones históricas, culturales y patrimoniales de los pobladores que ocuparon estas tierras alrededor de las salinas en época medieval.
ABSTRACT: This work outreach, seeks to value study an ancient and forgotten medieval salt area, which was used for the extraction and production of sea salt is the salt of Torreblanca which occupied a large area to along the continental coastline that affected about 20/25 acres of land, a place where medieval inhabitants of the place of the Islamic period excavated and lowered the floor to sea level. Salt extraction and trade, are the bases to help you make an approach to the study of rural employment, the economy, and the historical, cultural and economic connotations of the people who occupied these lands near Salinas in medieval times.
EXPOSICIÓ:
L'orografia litoral continental de Torreblanca (Castelló, comarca Plana Baixa, Comunitat Valenciana) es caracteritza per tenir una costa baixa, amb zones fàcilment inundables amb nivells de sòl o per baix o a nivell del mar, que s'estenen al llarg del litoral continental torreblanquí, llocs on antany van existir i encara existeixen llacunes costaneres i zones fàcilment inundables. En aquest medi costaner de litoral baix, en la zona nord de la costa de Torreblanca / Torrenostra, que s'estén fins a Capicorb (al terme d'Alcalà de Xivert), fa aproximadament uns mil anys, en l'alta edat mitjana es va iniciar una activitat econòmica molt lucrativa i necessària en l'època, es tractava del comerç de la sal, amb la construcció en aquest medi de salines (canals, eres, parcel-les) per a la producció i elaboració de sal marina. La lectura que es desprèn de la interpretació del medi físic que envolta el lloc, és que ens trobem amb un territori amb activitats econòmiques enquadrades en l'edat mitjana, sent testimonis de l'evidència del que va poder haver estat una important zona salinera, avui dia es mostra com un dipòsit natural on va haver-hi estanys, eres, parcel-les per a l'evaporació de l'aigua del mar. La zona de vestigis de sòl que probablement albergaven les salines es troben a la zona nord de Torrenostra, es tracta d'una zona delimitada i anomenada amb els topònims Clot d'en Tomàs / Prat d'en Bel, es tracta d'un terreny ubicat al costat del litoral i paral·lel a la mar amb una orientació nord-est / sud-oest, amb una extensió d'aproximadament uns 1000 metres de llarg i unes 20/25 hectàrees de terreny afectat, que tenen els següents límits confrontants, a l'est limita amb la “Cañada del Mar”, un camí ramader històric i mil-lenàri costaner, que circula en paral·lel a la costa mar Mediterrani, està via ramadera discorre pel Serradal amb una amplada de 45 metres a partir de la vora de la mar, avui dia el camí antic que va existir a trams, està desaparegut per l'acció marina, a l'oest limita amb el camí del Campàs i al camí l'Atall de Torrenostra a Capicorb, al sud aquesta acotada per la fàbrica del peix una construcció de mitat del segle XX, i al nord-est limita amb la finca agrícola de El Campàs, en total l'àrea d’exploració ocupa aproximadament unes 25 hectàrees de terreny que es van haver de transformar per poder habilitar i desenvolupar l'activitat salinera, el subsòl i base d'esta àrea és rocós format per un subsòl de roques de conglomerat de sediments quaternaris dipositat per vies fluvials fa aproximadament un 1.000.000 d'anys, estes roques a la part central de l'àrea central de la zona salinera afloren a la superfície, per construir les salines es van haver de rebaixar el nivell de sòl, per a poder cobrir les parcel-les d'aigua de mar , les terres i pedres que es van excavar i extraure es van traslladar i acumular a la part central del Clot d'en Tomàs-Prat d'en Bel, ubicant-les en el lloc on més afloraven i emergien les roques , aquesta terra va servir en el seu nou lloc per elevar el terreny i crear nova terra de conreu que ocupava la part central de l'àrea entre les salines i que encara existeix. Aquestes salines arcaiques es van explotar en època islàmica, els vestigis d'hàbitats dispers d'aquesta cultura envolten les salines, com s'ha pogut apreciar amb les grans remocions de terres al llarg de tot el segle XX, amb aixecament i l'anivellament de les terres i bancals per irrigar-los, en uns 60 anys s'ha aixecat, remogut i anivellat tot el subsòl gradient pla del terme de Torreblanca quan passa de ser una zona de secà a ser zona d'irrigació i regadiu per la perforació de múltiples pous artesians, una transformació del secà a regadiu que va transformar les terres i va alterar el paisatge cultural arcaic. Cal esmentar l'existència d'un gran cementiri islàmic que va aparéixer en la transformació mecànica a mitjan segle XX en la part baixa de la finca del Mas del Vaporet, que dóna evidència de la importància de la zona com a hàbitat en època islàmica. El límit més septentrional de les salines es trobaven al costat del límit sud de la finca agrària del Campàs, aquest marge estava delimitat fins fa uns 20 anys per una alineació de palmeres datileres plantades en els marges de la nobiliària finca, aquesta alineació va ser un últim reducte i el lloc d'extinció del que va ser un antic cultiu a l'època medieval de la finca del Campàs, en què va existir antany un extens palmerar que va existir al costat del mar a la costa de Torreblanca. Els terrenys de les salines amb un sòl de terra format per dipòsits amb escassa permeabilitat compost de partícules de argiles, margues i llims, es van llaurar i anivellar en els anys 60 del segle XX, per plantar arròs, però no va ser un terreny apte per l'altíssima salinitat que contenia el terreny pel qual es va abandonar el projecte. Amb el cultiu i l'anivellació del terreny per a l'agricultura es van esborrar els vestigis dels marges de les eres i les parcel-les salineres. En la dècada de finals dels anys seixanta i principis del setanta l'exèrcit de terra va fer maniobres militars en aquest lloc durant uns anys, arribaven les companyies per ferrocarril a l'estació de Torreblanca, i baixaven a la costa a muntar els campaments, feien pràctiques de tir d'armes lleugeres i artilleria, l'exèrcit va habilitar la zona anomenada la trinxera per acampar, terraplenant per a tal fi un quadró del terreny saliner inundable d'unes dues hectàrees que van alçar més d'un metre, terraplenat el terreny amb graves i còdols del Serradal confrontant. A les salines han proliferat com a vegetació autòctona el canyís i les salicòrnies (salobreres) que han servit de pastura durant segles per al bestiar oví i boví. CONCLUSIONS:
La finalitat de l'elaboració de la sal, i la destinació de la producció al comerç, seria fonamentalment per al proveïment de sal als ramats de bestià, per a la salaó de peix i per al consum humà. L'economia salinera d'este indret, va poder ser un element substancial per a l'organització d'este territori medieval d'Albalat, Torreblanca, Xivert, Alcalà i Capicorb. Hi a la possibilitat d'establir certes relacions entre l'explotació salinera, i una de les activitats econòmiques més important en l'època medieval com va ser la ramaderia.
ADDENDA:
- (Jaume I, ordena als homes dels termes de Morella, Culla, Cervera, Coves de Vinromà, Albalat i Benifassà, no compren sal que no siga de Peníscola).
Fuente: J. Sánchez Adell (1975): "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referència
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria reial. Pergamí nº 1754 de Jaume I. Còpia autoritzada de 1304. Año1263, agost 24. València
Texte original: “Hoc est translatum bene et fideliter factum idus ianuarii anno Domini millesimo trescentesimo tercio, sumptum a quadam litera papirea illustrissimi domini Jacobi, felicis recordacionis regis Aragonum, sigillata sigillo suo minori cereo fixo in dorso, tenor cuius litere dignoscitur esse talis:
Jacobus Dei gracia rex Aragonum, Maioricarum et Valencie, comes Barchinone et Urgelli et dominus Montispesulani.
Fidelibus suis universis hominibus de Morella et terminorum suorum, de Culla et terminis suis, de Cervaria et terminis suis, et hominibus de Coves et terminis suis, de Exivert et terminis suis, et hominibus Albalat, et termini fratrum de Benifazano; salutem et graciam.
Mandamus vobis firmiter, quatenus omnes vos superius nominati, utamini de sale Paniscole et accipiatis de eodem et non aliquo alio sale.
Et hoc non mutetis aliqua racione.
Scientes quod si aliquis vestrum usus fuerit alio sale, nisi de sale Paniscole supradicto, unicumque inventus fuerit utente alio sale, amitat bestiam et omnia que secum apportabit sine aliquo remedio.
Datum Barchinone IX kalendas septembris anno Domini millesimo ducentesimo sexagessimo tercio.
Sig+num Petro Ferrarii, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Mathei Calonge, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Guillermi de Verneto, notarii publici Valencie, qui hec fecit fideliter translatari die et anno in prima linea contentis”.
CARTA PUEBLA DE CABANES:
- (Año 1243, juny 19. Ponç de Torrelles, bisbe de Tortosa, atorga la carta pobla de Cabanes).
Fuente: Enric Guinot Rodríguez (1991): “Les cartes de poblament medievals valencianes”.
Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.:
Texte original: “Notum sit cunctis quod nos, Poncius, Dei gratia dertusensis episcopus, et nos Guillelmus, prior eiusdem loci, assensu et voluntate totius capituli nostri, damus et concedimus vobis Johani de Na Rama, Allegre, P. Ferrario, A. Cathalano, Aquiloni de Cabacerio et Bartholomeo de Alcurisia, et omnibus aliis populatoribus presentibus ac futuris, villam de Cabanis cum suis terminis et affrontationibus universis, sicut includitur ab oriente in serra sub Quexa, que dividit cum Albalato; a merydie in visu Mirabeti et in serra que dividit cum Suffera et Rixser, usque in visu de Burriol, de serra in usque ad podium de Gaydones, et de podio de Gaidones usque ad archum sicut dividit cum Villafamez, de archu usque ad mesquitam que dividit terminos de Cabanis et de Benifaxo; a circio in capite honoris Petri Alegre, et sicut terminus dividit ad baranchum de Subarra, [et de barrancho de Subarra] usque ad serram de Quexa, que dividitur cum Albalato.
Sicut dividunt istis terminis et affrontationibus includuntur, damus vobis et vestris in perpetuum per nos et omnes nostros successores dictam villam, cum omnibus terris, lignis, arboribus, aquis, pascuis, ad omnes usus vestros, cum suis pertinentiis et universis ad bene populandum, excolendum et laborandum.
Ita quod in eadem villa instituatis octuaginta populatores qui in ipsa villa hereditatem et suas habeant mansiones continuam residentiam facientes.
Ibidem, infra autem predictos terminos ville de Cabanis supradicte, nostram nobis dominicaturam retinemus.
Damus etiam vobis et vestris in perpetuum vallem de Rixer, in qua vestros ortos construatis. Set in eadem villa retinemus nobis molendina et duos ortos, quorum ortorum unusquisque in se contineat unam fanechatam seminature.
Retinemus etiam nobis et successoribus nostris decimam et primiciam panis, scilicet vini et olei et ortaliciis, et de omnibus aliis fructibus quos terra producit.
Et decimam et primiciam similiter de omnibus animalibus in hunc modum, quod pro vitulo, pullino, eque vel asine, detis nobis pro unoquoque VI denarios iachcenses, et de omnibus autem capris et porcis detis nobis decimam et primiciam fideliter et integre, et de pullis vero et anseribus, si populator unum habuerit vel centum, aut amplius, det nobis pro decima unum quilibet populator.
Item, pro locido retinemus nobis quod unaquaque hereditas populatoris det nobis mediam fanecham tritici et mediam fanecham ordei, liceatque vobis ferrarium vestrum vel ferrarios habere quos volueritis. Si vero ferrarius fuerit indecens vel mali operator, et vos a nobis moniti dictum ferrarium corrigere volueritis, nos ipsum expellere possimus et vos alium inducatis, qui operam faciat populatoribus competenter. Quicumque autem ferrarius aut ferrarii inductus vel inducti fuerint, teneantur opera facere episcopo et priori, que necessaria fuerint laboratoribus nostrarum dominicaturarum, sine omni missione nostra vel expensa, et de locido vero absolvimus omnes populatores ab hoc presenti festo sancti Johannis usque ad duos annos, et ex tunc ab omnibus dictum locidum habeamus.
Item, retinemus nobis quod unusquisque venator predicte ville de Cabanis teneatur nobis dare, si venationem exercerint semel in anno, et in Natale Domini, duo paria cuniculorum.
Item, retinemus nobis omnes furnos et molendina que in termino dicte ville de Cabanis, et in valle de Rixer edificari poterunt; itaquod nos teneamur vobis coquere panem pro vicesimo quinto pane; teneamur vobis bladum molere pro sexta decima mensura.
Si quidem, retinemus nobis et successoribus nostris iusticias et stachamenta atque firmamenta.
Predicta autem omnia damus vobis et successoribus vestris, ad bonas consuetudines civitatis Illerde.
Si vero causa sive placitum fuerit inter vos omnes, et vos vel aliquem de universitate vestra, teneamini sub nostro iudice respondere, qui vobis non possit nec debeat esse suspectus, et si ab illo volueritis appellare liceat vobis.
Ita tamen, quod coram alio iudice a nobis constituto, qui suspectus haberi non possit causam appellationis prosequamini sub eodem.
Et si causa sive placitum inter nos et vos fuerit, liceat vobis semel appellare a baiulo sive iudice nostro, qui ibi pro nobis fuerit institutus ad convicinos vestros.
Et si aliam appellationem facere volueritis ad nos, faciatis eandem.
Idem retinemus nobis exercitum, ut quandocumque episcopus dertusensis, vel ecclesia, exercitum fecerit vel cavalcatam, teneamini sequi ipsum; sed ad cumulum gratiarum, vos ab omni exercitu vel cavalcata absolvimus, ab hoc preterito festo Pasche usque ad sex annos.
De omnibus siquidem inventionibus vel trobis, hanc inde medietatem inventor et nobis aliam retinemus.
Addimus etiam districtius inhibentes, quod nullus miles vel populator seu habitator ville de Cabanis vel totius termini Mirabeti, in cuius termino predicta villa consistit, guerram vel pignus aliquod facere presumat, nisi de spetiali licentia episcopi et prioris liceatque vobis et vestris predecessoribus in perpetuum honores et possessiones predicte ville de Cabanis vendere, inpignorare, vel alienare, omni vestro consimili laboratori, preter militibus atque sanctis.
Quod est actum XIIIº kalendas iulii anno Domini Mº CCº XLº IIIº.
Ego, Poncius, dertusensis episcopus subscribo.
Sig+num Guillermus, prioris. Ego, Dominicus, prior claustralis, subscribo, sig+num. Ego Bernardus, archidiaconus dertusensis, sig+num. Arnaldi, dertusensis sacriste, sig+num. Petri de Podio, dertusensis hospitalarii, sig+num. B. de Fenolario, precentoris Dertuse, etc”.
BIBLIOGRAFIA :
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- PRADES BEL, Juan E. (2013): “La geologia de la Plana de Albalat” . 20-1-2013.Mis Pueblos. Proyecto valoración y divulgación de recursos: cultura, historia y patrimonios.  2013.
- GUINOT RODRÍGUEZ, Enric (1991): “Les cartes de poblament medievals valencianes”.
Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.
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