Translate

Mostrando entradas con la etiqueta torre. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta torre. Mostrar todas las entradas

domingo, 15 de septiembre de 2019

LA ANTIGUA IGLESIA DE SAN FRANCISCO JAVIER DE TORREBLANCA, SIGLO XIV.


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:
LA ANTIGUA IGLESIA DE SAN FRANCISCO JAVIER DE TORREBLANCA, SIGLO XIV.
JUAN EMILIO PRADES BEL
La antigua iglesia de San Francisco Javier de Torreblanca, es  también conocida como la ermita de San Francisco o la iglesia-fortaleza de San Francisco; se trata de un templo católico medieval, actualmente desacralizado, situado dentro del vallado antiguo de la población, adosado a las antiguas murallas de la villa; desde que se construyó el Calvario en el siglo XVIII, ha sido parte integrante del mismo. En el año 1982 se inicia el expediente de declaración del conjunto monumental —la iglesia de San Francisco, la capilla del Calvario y el recinto de las estaciones—, como Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional, y el 28 de septiembre de 2007 se reconoce el conjunto como Bien de interés cultural (BIC), en la categoría de Monumento.

Esta antigua iglesia desde su fundación fue sede parroquial, hasta la construcción de la actual iglesia de San Bartolomé, en el siglo XVII. En el año 1.397 fue el escenario, de un grave asalto berberisco en el que robaron la custodia y arrasaron la población con asesinatos y tomas de rehenes, lo que provocó un contraataque cristiano para recuperar y castigar los daños perpretados.
- La iglesia fue construida en el siglo XIV, siguiendo el tipo de las iglesias de reconquista, con una funcionalidad claramente defensiva, formando un bastión integrado en la muralla en la parte alta de la población.​ La funcionalidad defensiva del templo se ve en las diversas aspilleras que agujerean las paredes, la barbacana lateral que protegía el acceso original, las almenas insinuadas en la parte superior de los muros, y los restos de muralla adosadas al templo. Posteriormente se sustituye la cubierta de madera por la bóveda, lo cual provocó una mayor carga y la quiebra de los arcos, y la necesidad de añadir muros ataludados. Esta reforma se hizo a finales del siglo XVI, posiblemente en 1591, cuando la población volvió a crecer con motivo de la concesión de la carta de poblamiento de 1576. Cuando se construye el Calvario, la iglesia queda integrada en el conjunto, y en el año 1816 se cambia el acceso, y la puerta de medio punto adintelada del lado de la Epístola queda tapiada, y se abre una puerta a los pies de la nave.
BIBLIOGRAFÍA:
- Estrada, J. Lluís; Jarque, Annabel; Linares, Josep C. (1998): “Arquitectura de reconquista al norte del país valenciano: Iglesias de arcos diafragma a las comarcas de Castelló (siglo XIII)”. Forum de investigación, núm. 3, 1998, pp. 1-8. ISSN: 1139-5486.
- Zaragozá Catalán, Arturo (2009): “A propósito de las bóvedas de crucería y otras bóvedas medievales”. Anales de Historia del Arte, Vol. Extra: Cien años de investigación sobre arquitectura medieval española, 2009, pp. 99-126. ISSN: 0214-6452.
- Marín Sánchez, Rafael (2011): “Bóvedas de crucería cono nervios prefabricados de yeso y de ladrillo aplantillado”. A: S. Huerta; I. Gil; S. García; M. Taín (eds.). Actas del Séptimo Congreso Nacional de Historia de la Construcción. Santiago de Compostela, 26 - 29 de octubre de 2011. Madrid: Instituto Juan de Herrera, 2011, pp. 841-850 [Consulta: 22 de enero de 2015].
- Rodríguez Culebras, Ramón (1983): “Torreblanca. Calvario”. A: Catálogo de monumentos y conjuntos de la Comunidad Valenciana. vol. II (en catalán y castellano). Valencia: Generalitat Valenciana, 1983, pp. 200-207. ISBN 84-500-8938-7.
- Barceló Cortés, Agustí (2013): “La memoria de las plantas: aproximación etnobotánica a la iconografía del Itinerarium mentis in Deum representado en la iglesia de San Francisco, Torreblanca, Castellón”. A: Palabras, símbolos, emblemas: Las estructuras gráficas de la representación (en castellano).[1] Madrid: Sociedad Española de Emblemática: Turpin Editoras, 2013, pp. 181-196. ISBN 978-84-940720-2-4.
- Rodríguez Culebras, Ramón (1985): “La iglesia fortaleza de San Francisco de Torreblanca”. Centro de Estudios de la Plana, núm. 1, enero-marzo 1985, pp. 57-64.

jueves, 26 de noviembre de 2015

MASÍA FORTIFICADA TORRE BELTRÁNS

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN: 
Por JUAN E. PRADES BEL.

LA MASÍA FORTIFICADA TORRE BELTRÁNS EN ARES DEL MAESTRE (CASTELLÓN).

Resolución de 21 de enero de 2008, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Conselleria de Cultura y Deporte, relativa al entorno de protección de la Masía Fortificada Torre Beltrans en Ares del Maestre (Castellón).

Resolución publicada en el «BOE» número 68, de 19 de marzo de 2008, páginas 16698 a 16701 (4 págs.) Sección: III. Departamento: Comunidad Autónoma Valenciana. Referencia: BOE-A-2008-5373. Texto de la resolución : Por Resolución de 13 octubre de 2006 de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano y Museos de la Conselleria de Cultura y Deporte de la Generalitat, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección de la Masía Fortificada Torre Beltrans en Ares del Maestre (Castellón) y establecimiento de su correspondiente normativa protectora. La disposición adicional primera de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano considera bienes de interés cultural todos los bienes existentes en el territorio de la Comunidad Valenciana que a la entrada en vigor de la misma, ya hayan sido declarados como tales al amparo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en virtud de la atribución legal o automática de condición monumental contenida en sus disposiciones adicionales primera y segunda de esta última norma. La denominada Masía Fortificada Torre Beltrans (Castellón) constituye pues por ministerio directo de la ley un bien de interés cultural con la categoría de monumento y así se halla inscrita como tal desde tiempo pretérito en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano y en el Registro General de Bienes de Interés Cultural sin que el Ayuntamiento de Ares del Maestre haya promovido y cumplido la obligación legal que le incumbe de redactar Plan Especial del Monumento y su entorno de conformidad con el mandato establecido en el artículo 34.2 y disposición transitoria segunda de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, de acuerdo con los criterios sustantivos de ordenación que arbitra el art. 39 de la propia Ley sectorial. La disposición transitoria primera, párrafo segundo de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano permite a la Conselleria de Cultura y Deporte complementar las declaraciones de bienes de interés cultural producidas antes de la entrada en vigor de la referida ley a fin de adaptar su contenido a los requisitos que en ésta se establecen. Esta fiel adaptación se revela tanto más necesaria cuando se ha tenido conocimiento en el tramite de alegaciones que en el ámbito inmediato desde el que se visualiza el monumento y que conforma su entorno legal y cautelar de afección -a menos de 200 metros del inmueble monumental- disposición transitoria primera párrafo segundo letra b de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, por la que se modifica la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, se plantea la reclasificación de suelo no urbanizable a industrial en el tramite del Concierto Previo del PGOU de Ares del Maestre promovido por el propio Ayuntamiento. En aplicación de lo que disponen los artículos 27 y 28 de la Ley de 11 de junio de 1998, de la Generalitat Valenciana, y visto el informe emitido por el Servicio del Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental de esta Dirección General a las alegaciones producidas en el tramite de información pública y audiencia, la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Conselleria de Cultura y Deporte de la Generalitat, ha resuelto:

Primero.-Rectificar la delimitación del entorno de protección de la Masía Fortificada Torre Beltrans en Ares del Maestre (Castellón), estableciéndose de nuevo al tiempo y perfeccionándose la normativa protectora del mismo en el articulado que a continuación se transcribe.

Normativa de protección del monumento y su entorno.

Monumento: Artículo primero. Se atenderá a lo dispuesto en la Sección Segunda, Régimen de los bienes inmuebles de interés cultural, del Capítulo III, del Título II, de la Ley 4/1998 de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano aplicable a la categoría de Monumento.
Artículo segundo. Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del bien y contribuyan a la consecución de dichos fines. La autorización particularizada de uso se regirá según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Entorno de protección:

Artículo tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, cualquier intervención que pretenda realizarse en el entorno de protección del monumento, requerirá de la previa autorización de la Conselleria competente en materia de cultura. Esta autorización se emitirá conforme a los criterios establecidos en la presente normativa, y en lo no contemplado en la misma, mediante la aplicación directa de los criterios contemplados en el artículo 39 de la citada Ley. La presente normativa regirá con carácter provisional hasta que se redacte el plan especial de protección del monumento y su entorno y éste alcance validación patrimonial.
- Todas las intervenciones requerirán, para su trámite autorizatorio, la definición precisa de su alcance, con la documentación técnica que por su especificidad les corresponda, y con la ubicación parcelaria y el apoyo fotográfico que permita constatar la situación de partida y su trascendencia patrimonial. Artículo cuarto. A fin de preservar el paisaje histórico del monumento, no se autorizarán nuevas edificaciones para cualquier uso, quedando expresamente prohibidos los vertidos de residuos y movimientos de tierras, salvo los requeridos para su estudio y conservación. Las edificaciones existentes en el entorno no podrán aumentar su volumen edificado debiendo mantener las características propias de un entorno rural. Las casas rurales, que forman parte del entorno desde tiempo inmemorial, deberán ser conservadas, preservando los elementos definitorios de su estructura arquitectónica y los elementos constructivos singulares de intrínseco valor que existan en los inmuebles. Éstas mantendrán sus usos agrícolas, pecuarios y residenciales tradicionales si bien podrán acoger otros usos compatibles con sus arquitecturas y con la puesta en valor del ámbito protegido del monumento y su entorno. Artículo quinto. Los usos permitidos serán los agrícolas, pecuarios y forestales mantenidos, existentes en la actualidad. Artículo sexto. En cualquier intervención que afecte al subsuelo del inmueble o su entorno de protección, resultará de aplicación el régimen tutelar establecido en el artículo 62 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, para la salvaguarda del patrimonio arqueológico.
Segundo.-Dada la concurrencia de circunstancias complejas que han exigido un estudio complementario por parte de los Servicios Técnicos de esta Dirección General, así como la necesidad sobrevenida de cohonestar las previsiones urbanísticas en trámite, transformadoras del territorio, que podrían no superar el informe patrimonial vinculante, que debe sustanciarse tanto en el procedimiento conducente a la evaluación del impacto ambiental de la actuación como en el estrictamente urbanístico, al contravenir el mandato legal de la referida Disposición Transitoria -que define ex lege un entorno cautelar, 200 metros desde la línea exterior del inmueble monumental-, se amplía el plazo para resolver el presente procedimiento de quince meses a veinte meses conforme a la posibilidad legal que contempla el artículo 27.7 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
- Los anexos que se adjuntan a la presente resolución redelimitan literal y gráficamente el entorno de protección y establecen la normativa protectora del mismo. 
Tercero.-En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 27.3 de la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Ares del Mestre y a los interesados ya personados en el expediente y a los interesados desconocidos a través del tramite de información publica y hacerles saber que, de conformidad con lo que establecen los artículos 35 y 36 en relación con el 27.4 de la Ley, la realización de cualquier intervención, tanto en el monumento como en su entorno, deberá ser autorizada preceptivamente por esta Dirección General con carácter previo a su realización y al otorgamiento de licencia municipal en su caso, cuando esta resulte preceptiva. 
Cuarto.- La presente incoación rectificadora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, determina la suspensión del otorgamiento de licencias municipales de parcelación, urbanización, construcción, demolición, actividad y demás actos de edificación y uso del suelo que afecten al inmueble y su entorno de protección, así como de dichas actuaciones cuando sean llevadas a cabo directamente por las entidades locales. Quedan, igualmente suspendidos los efectos de las ya otorgadas, suspensión cuyos efectos y, de conformidad con la limitación temporal contenida en el párrafo segundo del artículo 33 de la Ley 4/98, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, se resolverán tras la declaración. No obstante la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, podrá autorizar las actuaciones mencionadas cuando considere que manifiestamente no perjudican los valores del bien que motivan la incoación, así como las obras que por causa mayor o interés general hubieran de realizarse inaplazablemente, según lo dispuesto en el párrafo primero del referido artículo. 
Quinto.- Que en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 27.3 de la Ley se notifique la presente resolución al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva. 
Sexto.- Dado que la presente redelimitación comporta una ampliación del entorno primitivamente delimitado para reajustarlo a las determinaciones protectoras de la Ley 4/98, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, en su nueva redacción tras su reforma por Ley 5/2007, pudiendo entrañar limitación o gravamen de nuevos derechos, por la presente se somete de nuevo a información publica el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 27.6 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
Séptimo.- Que la presente resolución con sus anexos se publique en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado.
Valencia, 21 de enero de 2008.-La Directora General de Patrimonio Cultural Valenciano, Paz Olmos Peris.

ANEXO I Delimitación literal.
- Justificación de la delimitación propuesta.-La delimitación de sus entornos de protección se establece en función de los siguientes criterios:
- Topográficos y paisajísticos, con la inclusión del paraje en el que se halla situado la torre, y los caminos más próximos desde donde es posible su contemplación.
- Arqueológicos, el ámbito comprende la zona susceptible de nuevos hallazgos relacionados con el monumento y el yacimiento arqueológico. Administrativos, delimitando el entorno por parcelas catastrales y límites de caminos, facilitando de este modo su definición. El suelo incluido en el entorno se encuentra clasificado como suelo no urbanizable, salvo el clasificado como suelo urbanizable de uso industrial por el Concierto Previo del Plan General de Ordenación Urbana de Ares del Maestre, situado entre la carretera CV-15 y la rambla Carbonera.
- Delimitación del entorno de protección: Origen: intersección de la carretera CV-15 con la prolongación de la medianera este de la parcela número 108 a del polígono catastral número 13, punto A.
- Sentido: Horario. Línea delimitadora: Desde el origen la línea que delimita el entorno cruza la carretera CV-15 en dirección sur y continúa por la medianera este de las parcelas 148 y 147 de polígono 13, sigue por el linde sur de las parcelas 147 y 149. Cruza el camino existente e incorpora las parcelas 175, 174, 173, 172, 171, 170, 169, 168 y 167. Sigue en dirección norte envolviendo el camino y continúa incorporando la carretera CV-15 en dirección sudeste, gira y envuelve la parcela 5c hasta el linde entre las parcelas 5c y 5b desde donde continua por los lindes norte de las parcelas 07, 11, 19 y 180. Gira a sur por la medianera entre las parcelas 180 y 39 y 25 y 39. Cruza el camino y continua por el linde oeste de las parcelas 181, 111 y 108 hasta el punto de origen A.
 https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/b/b0/La_Torre_Beltrans%2C_Ares_del_Maestrat.JPG/640px-La_Torre_Beltrans%2C_Ares_del_Maestrat.JPG

Por Juan Emilio Prades Bel (Trabajo propio) [CC BY-SA 4.0 (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0)], undefined

viernes, 27 de julio de 2012

Ermitori de Sant Benet y Santa Lluçia.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

Por JUAN E. PRADES BEL (Taller de historia, memorias y patrimonios).

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…

“ERMITA DE SANTA LUCÍA Y SAN BENITO, UBICADA EN LA MONTAÑA DE SANT BENET, ALCOSSEBRE”.

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

- La ermita de Santa Lucía y San Benito está situada en el término municipal de Alcalá de Chivert, pertenecientes a la comarca del Bajo Maestrazgo (Provincia de Castellón, España) es un ermitorio que está en lugar elevado en lo alto de la cima de la montaña denominada Sant Benet o San Benito, la cita más utilizada es "Sant Benet" puesto la población local es valenciano parlante. El monte de Sant Benet se encuentra en la vertiente norte de la Sierra de Irta, la ermita y el antiguo eremitorio se encuentra ubicado a unos 313 m. de altura con vistas al poblado residencial de Alcossebre y al mar Mediterráneo, contemplándose desde el lugar las islas Columbretes. 

- La mayor parte de su actual estructura de la ermita parece indicar que data del siglo XVII, si bien se tienen noticias de unos antecedentes como torre vigía que podrían datarse en época medieval cristiana, visibles en la parte posterior del ermitorio, donde quedan algunos restos que actualmente forman parte del conjunto. Hay vestigios de habitad de las épocas islámica y medieval, este lugar estaba habitado y existía una de las torres de vigilancia exterior del castillo de Xivert.

- La ermita a sido restaurada en su abovedamiento interior y en las pinturas, de autor anónimo, así como en la techumbre, accesos y nueva iluminación, facilitando con ello su accesibilidad. El 13 de diciembre, festividad de Sta. Lucía, tiene lugar una romería de propios y visitantes. La otra celebración anual se produce el 11 de junio por San Benet (San Benito Abad).

- La ermita tiene adosado un edificio casa del ermitaño, hostal de peregrinos, establos para las caballerías y dos pozos en la plaza que dan idea de la devoción y las romerías que se hacían antiguamente. (Juan E. Prades, 2012).

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

SOBRE SAN BENITO:

FESTIVIDAD DE SAN BENITO: El 11 de julio se celebra en el santoral católico a San Benito de Nursia o San Benito Abad (Sant Benet), Santo Patrono de Europa y fundador de la Orden Benedictina.

PATRONAZGO DE SAN BENITO: San Benito es el patrono de los ingenieros, de los arqueólogos, de los bichos, de los exorcistas. Era costumbre ritual en los creyentes trabajaban y vivían en el campo hacer un llamamiento a San Benito para que les protegiese de todo tipo de picaduras (abejas, avispas, arañas, serpientes,…), envenenamiento (alacranes, escurçons, vibores,..), y enfermedades producidas o trasmitidas por bichos e insectos (mosquitos,….). 

MONTE DE SAN BENITO (Denominación): Monte de San Benito se denomina a aquellas montañas o montes que albergaron anacoretas o ermitaños seguidores de la regla de San Benito, después de su largo entrenamiento de culto en un monasterio, pasaban a optar por arreglárselas solos y con la veneración a Dios para su ayuda, y viviendo en cuevas o en ermitas que a veces levantaban para su fin.

TEXTOS SOBRE LA VIDA DE SAN BENITO: “….Dios lo llamaba para ser un ermitaño y para abandonar el mundo, en el pueblo, lo mismo que en la ciudad, el joven no podía llevar una vida escondida, especialmente después de haber restaurado milagrosamente un objeto de barro que su nodriza había pedido prestado y accidentalmente roto. En busca de la completa soledad, Benito partió una vez más, solo, para remontar las colinas hasta que llegó a un lugar conocido como Subiaco. En esa región rocosa y agreste se encontró con un monje llamado Romano, al que abrió su corazón, explicándole su intención de llevar la vida de un ermitaño. Romano mismo vivía en un monasterio a corta distancia de ahí; con gran celo sirvió al joven, vistiéndolo con un hábito de piel y conduciéndolo a una cueva en una montaña rematada por una roca alta de la que no podía descenderse y cuyo ascenso era peligroso, tanto por los precipicios como por los tupidos bosques y malezas que la circundaban. En la desolada caverna, Benito pasó los siguientes tres años de su vida, ignorado por todos, menos por Romano, quien guardó su secreto de reclusión voluntaria y diariamente le llevaba un pan a San Benito, quien lo subía en un canastillo que izaba mediante una cuerda. San Gregorio dice que el primer forastero que encontró el camino hacia la cueva fue un sacerdote quien, mientras preparaba su comida un domingo de Resurrección, oyó una voz que le decía: “Estás preparándote un delicioso platillo, mientras mi siervo Benito padece hambre”. El sacerdote, inmediatamente, se puso a buscar al ermitaño, al que encontró al fin con gran dificultad. Después de haber conversado durante un tiempo sobre Dios y las cosas celestiales, el sacerdote lo invitó a comer, diciéndole que era el día de Pascua, en el que no hay razón para ayunar. Benito, quien sin duda había perdido el sentido del tiempo y ciertamente no tenía medios de calcular los ciclos lunares, repuso que no sabía que era el día de tan grande solemnidad. Comieron juntos y el sacerdote volvió a casa. Poco tiempo después, el santo fue descubierto por algunos pastores, quienes al principio lo tomaron por un animal salvaje, porque estaba cubierto con una piel de bestia y porque no se imaginaban que un ser humano viviera entre las rocas. Cuando descubrieron que se trataba de un siervo de Dios, quedaron gratamente impresionados y sacaron algún fruto de sus enseñanzas. A partir de ese momento, empezó a ser conocido y mucha gente lo visitaba, proveyéndolo de alimentos y recibiendo de él instrucciones y consejos”.

SOBRE SANTA LUCÍA:

FESTIVIDAD DE SANTA LUCÍA: Cada 13 de diciembre en el santoral católico se celebra el día de Santa Lucía, la patrona de la vista.

PATRONAZGO DE SANTA LUCÍA: Santa Lucía es la patrona de la vista y de todos los oficios relacionados: costureras, modistas, sastres, electricistas, chóferes, fotógrafos, afiladores, cortadores, cristaleros, campesinos, fontaneros, escritores, ciegos, enfermos de la vista, niños enfermos, pobres,.... 

Dicho muy popular en Alcalà de Xivert: “Que Santa Lluçia te conserve la vista”.   

El antiguo ermitorio de Santa Lluçia y Sant Benet era un lugar santo pero durante siglos también fue una importante torre vigía que primero perteneció al castillo de Xivert y luego a la red de torres de defensa de la costa del reino de Valencia, y Santa Lluçía era una advocación ideal para la función que cumplían los vigías de la torre oteando permanentemente los horizontes, escudriñando a kilómetros de distancia.

LA TORRE DE SANT BENET EN EL AÑO 1611: Por "Gaspar Juan Escolano en el año 1611, sobre las torres de costa del partido de Peñíscola". Gaspar Juan Escolano (1560-1619), era el cronista oficial de la ciudad de Valencia.

"TORRE DE SAN BENITO. Caminando desde la Torre de dicho Cabo Cuervo una legua a la Torre de San Benito que se sirve de dos guardas de a caballo y dos de a pie".

LA REVOLUCIÓN DE 1820, EL TRIENIO LIBERAL, LA REBELIÓN REALISTA 1822-1823 Y LA GUERRA CIVIL REALISTA, DE 1820 A 1823. 

- La guerra civil de 1822-1823 está considerada como la primera guerra civil de la historia contemporánea de España. Tanto los liberales constitucionalistas como los realistas recurrieron a la religión para justificar sus posiciones y combatir a sus enemigos. Los liberales, en represión a los alzamientos realistas quemaron múltiples ermitas, iglesias y conventos. 

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- PRADES BEL, J. E.(2011): " Una visita al ermitorio de les santes (desierto de las Palmas)". Revista Tossal Gros D.L.CS-419-1988, nº140 págines 28-29, any 2011.

- PRADES BEL, J. E.(2011): "Pels camins de La Ribera: l'Esglesia medieval d'Albalat". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 12-13, any 2011.


- PRADES BEL, J. E.(2009): "Ermites i creences de pobles castellonencs: l'ermita de Santa Bárbara de la Salzadella (Baix Maestrat". Revista Mainhardt, D.P: CS-357/88, nº63/abril/2009 , págines 28-29, any 2009.
- PRADES BEL, J. E.(2011): "Torre castellet de l'ermita de Sant Benet i Santa Lluçia (Alcossebre)". Revista Mainhardt, D.P:CS-357/88, nº71/desembre/2011; página 49, any 2011.
- PRADES BEL, Juan E.(2012): "Nos vamos a Alcalá de Xivert".Revista "En Pregoner", D.L:B-5056-2009; página 3, gener/any 2012.

ARCHIVO FOTO-IMAGEN:





viernes, 20 de julio de 2012

TORRE DE CALIG, CASTELLÓN

TORRE DE CÁLIG
JUAN EMILIO PRADES BEL

LA TORRE DE CALIG,CASTELLÓN
ANTIGUO REINO DE VALENCIA
JUAN EMILIO PRADES BEL
La torre de Càlig es una robusta edificación defensiva que se encuentra dentro de la trama urbana de la población de Càlig a la comarca castellonense del Bajo Maestrazgo. Dicha torre se cree originaria del periodo medieval, construida en época de reconquista sobre el siglo XIII, esta torre defensiva podía dar cobijo y refugio en caso de peligro bélico a los habitantes del lugar, se estima que podria ser una atalaya de vigia del territorio y de comunicación visual con el castillo de Cervera del Maestre del que dependia.
La torre es el edificio más antiguo de Càlig, y motivo de asentamiento y fundación poblacional, la trama urbana se ramifica partiendo de la ubicación de este edificio como centro neurálgico de la población, que se expandia hasta el acordonamiento de las murallas periféricas.
Esta torre es una sólida construcción de planta cuadrangular, trabajada con piedra de sillería en las esquinas y a las aberturas de las puertas y ventanas. La construcción consta de tres niveles o pisos.
En el año 2010 durante unas obras de restauración de este edificio, se sacaron a la luz dibujos y graffitis históricos fechados con anterioridad al siglo XIX y también posterior. Las pinturas halladas tienen un elevado interés gráfico e histórico, y fueron realizadas a lápiz y carbón,entre las múltiples escenas se encuentra el asedio a esta misma torre, y un impresionante dibujo que muestra la escena de ejecución de una persona a la que se ahorca muy probablemente a la partida de les Forques (zona rural donde donde estava emplazada la horca, y se ajusticiava por ahorcamiento).
Con fecha del 24/4/2002 este monumento histórico de la torre de Càlig fue Declarado Bien de Interés Cultural, anotación Ministerio: R-I-51-0010765 .


Año 1957
 
BIBLIOGRAFIA:
- PRADES BEL, Juan E.(2012): "La torre dels Gats, La Ribera-Cabanes". Revista Mainhardt D.P: CS-357/88, nº73/agost/2012 , página 57 any 2012.
- PRADES BEL, Juan E.(2011): "Pels camins de La Ribera: l'Esglesia medieval d'Albalat". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 12-13, any 2011.
- PRADES BEL, Juan E.(2010): "La torre refugi del Carmen". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 30, any 2010.
- PRADES BEL, Juan E.(2010): "La torre de costa de Torre la Sal". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 31, any 2010.
- PRADES BEL, Juan E.(2011): "Torre castellet de l'ermita de Sant Benet i Santa Lluçia (Alcossebre)". Revista Mainhardt, D.P:CS-357/88, nº71/desembre/2011; página 49, any 2011.
- PRADES BEL, Juan E.(2012): ""Nos vamos a Cálig". Revista "En Pregoner", D.L:B-5056-2009; página 3, febrer/any2012.

martes, 14 de febrero de 2012

MASCARELL


LUGARES DE INTERÉS DE NULES:
VILLA AMURALLADA DE MASCARELL
JUAN EMILIO PRADES BEL
   Mascarell situada a poco más de 1 km de distancia de Nules es una pequeña población y singular villa de origen medieval totalmente amurallada, un conjunto arquitectónico declarado como Bien de Interés Cultural (BIC). Mascarell a lo largo de su longeva existencia perteneció históricamente a la Baronia y Marquesado de Nules junto a otras pedanías o poblados como la Vilavella y Moncofar. Es una población singular  única en toda la Comunidad Valenciana, con  un origen fundacional ligado a la expulsión de la población musulmana de la vecina población de Burriana. El primer documento que se tiene del poblado es del año 1310, en la actualidad siguen viviendo en Mascarell entre 250 y 300 personas aproximadamente. Jaime I expulsó a los moros de Burriana, y estos se establecieron en el límite entre Nules y Burriana, Mascarell quedó casi despoblado tras la expulsión de los moriscos en 1609, en el año 1622 solo quedavan en el lugar 30 terratenientes. La planta de la villa amurallada ocupa una extensión aproximada de unas 2,332 hectáreas de terreno construido, y dibuja una planta de tendencia rentangular oscilante al paralelogramo, los muros de muralla son rectos pero con cuatro longitudes desiguales (medidas: muro norte104 metros; muro sur 166 metros; muro este 173 metros; muro oeste195 metros). El interior del recinto contiene 5 calles rectas dispuestas de oeste a este que se entrecruzan con otras perpendiculares, es una disposición planimétrica muy caracteristica de las nuevas poblaciones de reconquista, todo el conjunto arquitectónico y habitado de Mascarell está rodeado y protegido por murallas exteriores defensivas, la alzada aproximada de los muros periféricos que actuan de bastión son de unos 6 metros de altura, con una doblez muraria de 1,20 metros aproximadamente. La muralla actual fue construida de tapial y mampuesto trabado con mortero, tierra y ladrillo, y al centro de cada lado tiene una torre que defienden las puertas o vanos de acceso al interior del poblado, se pasa por abajo de soportales de arco de medio punto dovelados, en el lado Este está el portal llamado de L'Horta, y al lado Oeste el portal de Valencia, siendo actualmente la puerta del portal de Valencia la entrada principal al poblado de Mascarell.
   La construcción del primer amurallamiento de tapial se estima fueron realizadas en el siglo XIII, y rehechas o reformadas en posteriores siglos como consta en el año 1553. El principal atractivo plástico de Mascarell son las murallas que acogen en su interior a todas las construcciones del poblado, el total cerramiento le confiere su aspecto medieval exterior tan singular. Las murallas medievales estaban rodeadas por un foso defensivo, que fue convertido en acequia de riego (la séquia de Nules). En el centro de la plaza destaca su casa consistorial de finales del siglo XVIII (1789), y la iglesia parroquial de San Agustín de finales del siglo XVII .. El aspecto original de Mascarell ha visto degradarse mucho su aspecto a lo largo de los avatares de su historia, puertas y ventanas pueden verse abiertos en los lienzos de murallas, y se ha llegado a construir no solo de forma adosada a las murallas sino por encima de las mismas.
   Mascarell dejo de ser municipio autónomo a finales del siglo XIX y pasó a ser una pedanía anexionada a Nules.
BIBLIOGRAFIA:
- M. Mercedes Gomez-Ferrer Lozano:”Las Murallas de Mascarell”. Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura. ISSN O210.1475, nº78. 1-2002, páginas 213-234.
- w.w.w.nules.es
-w.w.w.naturayeducación.com
-es.wikipedia.org/wiki/mascarell
.




domingo, 22 de enero de 2012

CANET LO ROIG, CASTELLÓN

CANET LO ROIG, BAJO MAESTRAZGO, CASTELLÓN
VISITAMOS CANET LO ROIG AL BAJO MAESTRAZGO
ESCRIBE: JUAN EMILIO PRADES BEL
La población de Canet lo Roig pertenece a la comarca castellonense del Bajo Maestrazgo, y mancomunado a la Taula del Cenia. El término municipal de Canet lo Roig limita con Traiguera, Rosell, Xert/Chert, Vallibona, San Rafael del Rio y La Jana, pueblos y términos todos pertenecientes a la provincia de Castellón. En el siglo XIII esta comarca se encontraba en primera línea de la zona fronteriza entre el mundo musulmán y cristiano, Canet lo Roig fue conquistado en el año 1233. La economía local se ha basado tradicionalmente a lo largo del siglo XX en minifundios dedicados a la agricultura(olivicultura) y la ganadería, el sector servicios (comercios) y empresas vinculadas a la tranformación, transporte y manufacturación de productos de procedencia agropecuaria y silvicultura. Desde época prehistórica el sector agricola que a imperado en Canet es el cultivo masivo del olivo para la obtención de aceitunas y aceite de oliva, en Canet lo Roig habitan y se da la mayor concentración de oliveras fargas milenarias del mundo, con el transcurrir de los siglos esta longeva y arcaica especie se ha adaptado al suelo y al clima optimo de Canet obteniendose así unos frutos de altísima calidad gastronómica, que nos han ido abriendo los ojos para contemplar este casi diria milagroso privilegio de compartir existencia con estos preciados tesoros y monumentos vegetales vivientes que debemos de valorar, y aprender a saber como protegerlos y reconocer y saber como beneficiar económicamente por el trabajo que les dedican sus cuidadores . No hay otro lugar en el mundo donde haya la suficiente cantidad de árboles para poder producir un aceite de sabor tan genuino y arcáico, procedente de unos olivos milenarios de avanzadas edades oscilantes entre 1000 y 3000 años de longeva edad, en concreto en Canet lo Roig, hay censados aproximadamente1.150 de estos seres vivos milenarios. El exclusivo aceite de las olivera fargas de edad milenaria procede de un cosechado de las aceitunas que dura únicamente tres días al año, en cuando los técnicos aprecian que es el momento óptimo de maduración del fruto. Durante estos únicos tres días hay personas que se encargan de certificar en los minifundios que las aceitunas se cosechan de los árboles milenarios y se hace artesanalmente a mano, con el método de recolección por ordeño de las ramas, que consiste en ordeñar las aceitunas del árbol manualmente, así esta regulado el proceso de elaboración de este aceite tan exclusivo.
Lugares de interés : Rutas de los olivos milenarios; Rutas Senderistas “Font de la Roca”, “font de la Canal”, “Font de Vilagros”,... ; visitar el casco antiguo y calles; ermita de Santa Isabel de época medieval; ermita del Calvario donde se conservan restos del antiguo retablo del siglo XVIII; iglesia-fortaleza de San Miguel Arcangel, construida en 1288 por el comendador de la Orden del Hospital Guillem de Monsoriu cuando Jaime I les donó el castillo de Cervera a la Orden con todas sus posesiones, entre las que se encontraba Canet lo Roig. La Orden de Montesa reformó en 1570 esta iglesia fortaleza que ha sido a lo largo de siete siglos un testigo impasible y silencioso de la historia de Canet, durante este largo tiempo se ha ido recreciendo el templo por demanda del aumento demográfico, que a conllevado una intercalación de estilos y mezcla de gustos arquitectónicos. La iglesia ha tenido tres puertas de acceso, dos góticas y otra renacentista, en el interior del templo se conservan dos estilos constructivos: la crucería gótica y el planteamiento renacentista aplicado en las posteriores ampliaciones. Es de las pocas iglesias que conservan su carácter primitivo de iglesia-fortaleza con matacanes en lo alto de la fachada. La primitiva església se erigió como tal en 1288 i pertenecía a un estilo romànico tardio, posteriormente sobre 1570 la iglesia fue reconstruïda en plena etapa renacentista; otra gran remodelación se efectuo a finales del segle XVIII, en 1795 con la construcción de la cúpula en forma de media naranja junto con la capilla de la Santa Comunión. Hoy día la iglésia presenta una planta d'una sola nave presentandoun interesante conjunto arquitectònico. Hoy día continua conservando el caràcter de templo-fortaleza de estilo medieval, se pueden observar los matacanes gòticos situados sobre la puerta sud y al chaflán suroeste de la parroquia, en la cubierta se conserva el paseo de ronda.
-Una buenas fechas para visitar Canet lo Roig pueden ser durante las diferentes fiestas que se celebran a lo largo del año:
-Fiestas patronales: se celebran en honor a la Virgen de Agosto, entre el 8 y el 18 de agosto.
-Fiestas de San Miguel: El primer fin de semana de mayo y el último de septiembre.
-Ermita de Santa Isabel: Séptimo fin de semana después de Pascua.
-Feria del Aceite de Oliva Virgen y Productos Agroalimentarios: principios de Abril.
-Productos y platos típicos para probar y comprar; aceite de oliva virgen (comprar en la Cooperativa y particulares), aceite de olivera farga milenaria, carne de cordero a la brasa con ajoaceite, el “frito”, el cordero al horno, la chacinas y embutidos frescos (morcillas de arroz y cebolla, longanizas, …), embutidos curados, carne de caza, pernil (jamón curado con sal); los pastissets de carabasa y mel.“los quesos del terreno”, la “collá” típica originaria de las masías que se hacia con hierba colera, calabaza al horno, “nofre”o café licor; muy típico es tomar en los bares por la mañana “la barrejeta”, y antes de comer o cenar pedir el típico vermut de hierbas aromáticas elaborado según recetas tradicionales por los fabricantes locales existentes en varios pueblos de la Taula del Cenia, este vermut se toma solo o rebajado con sifón y acompañado con aperitivos y tapas calientes de cocina; riñones con ajoaceite, higado, pescadito frito, caza,...es típica la repostería y como referencia mas popular ´la coca de miel o “coc de mel”.(J.E.P.B.2011)

POESIA A CANET LO ROIG (Autor: Juan Emilio Prades Bel, 2011)
Casi lucen fantasmas de noche en el cerro
Ante mi: casas, soles, humos, voces y vientos
No quieras irte sin ver el alma del que vive
El espacio cansado araña el tiempo
Ten presente mi pueblo, iglesia, torre y castillo
Lo demás historia, gente, calles y fortaleza
O quizas, algo más esconda la noche y el día
Rugir como fiera torre y bandera
Olvidamos procedencia, e aquí tu tierra
Impasibles al paso de siglos han hecho
Grandes la gente, historia y tierra.


FOTOGRAFO: JUAN EMILIO PRADES BEL





miércoles, 18 de enero de 2012

TORRELASAL, CABANES

TORRELASAL, LA RIBERA DE CABANES, CASTELLÓN
AUTOR: JUAN EMILIO PRADES BEL











BIBLIOGRAFIA:
- PRADES BEL, Juan E.(2012): "La torre dels Gats, La Ribera-Cabanes". Revista Mainhardt D.P: CS-357/88, nº73/agost/2012 , página 57 any 2012.
- PRADES BEL, Juan E.(2011): "Pels camins de La Ribera: l'Esglesia medieval d'Albalat". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 12-13, any 2011.
- PRADES BEL, Juan E.(2010): "La torre refugi del Carmen". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 30, any 2010.
- PRADES BEL, Juan E.(2010): "La torre de costa de Torre la Sal". Llibre Festes Patronals Sant Pere, La Ribera Cabanes, págines 31, any 2010.
- PRADES BEL, Juan E.(2011): "Torre castellet de l'ermita de Sant Benet i Santa Lluçia (Alcossebre)". Revista Mainhardt, D.P:CS-357/88, nº71/desembre/2011; página 49, any 2011.
- PRADES BEL, Juan E.(2012): ""Nos vamos a Cálig". Revista "En Pregoner", D.L:B-5056-2009; página 3, febrer/any2012.